Jueves, 24 de octubre del 2013 | 14:17. LA PRENSA
El Gobierno promulgó hoy el decreto que
aprueba el reglamento de la ley para reasentar a los habitantes de estas
tierras en lugares seguros. Aquí te explicamos el proceso paso a paso.
El Gobierno aprobó el reglamento que regulará la ley para la reubicación
de poblaciones que vivan en zonas de muy alto riesgo, es decir, aquellos
lugares en los que existe riesgo de desastres naturales o inducidos por
actividades humanas.¿Cuál es el proceso para reasentar a los habitantes
de aquellos lugares?
Según la Ley 29869, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo
de Desastres(CENEPRED) elaboró el proyecto. Esta entidad estatal
se encarga de actualizar
el mapa de las zonas de alto riesgo no mitigable en nuestro país, además de coordinar y
ofrecer asistencia técnica a los gobiernos.
¿Por qué razones se ejecuta el traslado de una población a una nueva
zona?
·
Cuando el riesgo de ser perjudicados por un
desastre es de gran magnitud
·
Cuando el peligro de que ocurra un problema es
inminente
·
Cuando las poblaciones tienen condición de pobreza
o pobreza extrema
La iniciativa corresponde a los gobiernos locales, quedeben
presentar un proyecto ante
el Ministerio de Vivienda y Saneamiento. Esta cartera debe aprobar la viabilidad del plan
de reasentamiento de las poblaciones en riesgo. De no hacerlo, propondrá
medidas para mitigar el daño ante eventuales desastres.
¿Quién es el responsable del plan de reasentamiento?
·
Si es en el mismo distrito al que pertenece la
población, el encargado es el municipio distrital
·
Si el área a la que se ejecutará el traslado está
en otro distrito, la comuna provincial se hará cargo
·
Si es en otra provincia, la municipalidad
provincial del área donde se hará efectivo el traslado
El área expropiada se convertirá en una zona de dominio público en
cuanto sea abandonada. El
Estado es el responsable de utilizar y controlar que no sea reocupada, pues existe peligro para los
eventuales invasores. De ser una zona de riesgo inminente, Defensa Civil debe
declarar el estado de emergencia.
¿Cómo se escoge el nuevo hogar de las personas afectadas?
·
En la nueva localidad no debe existir peligro
ecológico
·
Debe tener acceso a carreteras, pistas y vías de
comunicación que permitan el traslado de pobladores para realizar sus
actividades
·
El espacio no debe ser menor a 2 hectáreas (20 mil
metros cuadrados) por cada 100 familias; es decir, 200 metros cuadrados por
familia
·
La mudanza no debe afectar obras públicas,
actividades de terceros ni dañar sitios arqueológicos
·
Facilidad para el acceso a servicios públicos de
primera necesidad
Una vez efectuado el traslado, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) debe censar
a la población para llevar a cabo una evaluación. En tanto, el Organismo de Formalización de la Propiedad informal (COFOPRI) se encarga de la lotización y trámite de los
títulos de propiedad para
evitar problemas legales.
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